Fiscalidad de los intereses del ahorro en la UE: qué retienen los bancos y qué debe usted (2026)
Una guía país por país sobre cómo tributan los intereses del ahorro bancario en los 27 Estados miembros de la UE: qué deduce su banco en origen, cómo se trata de forma distinta a residentes y extranjeros, y qué tipos y escalas se aplican.
¿Qué retienen los bancos locales?
En la mayor parte de la UE, el banco deduce el impuesto sobre sus intereses en origen y le abona el neto. En muchos países se trata de una retención «liberatoria»: salda por completo su obligación y no tiene que volver a declarar esos intereses. En otros, la deducción es solo un pago a cuenta que se descuenta del impuesto finalmente liquidado en su declaración. Y en unos pocos países el banco no retiene nada: los intereses tributan después mediante la liquidación anual o en un régimen patrimonial aparte. La tabla siguiente resume la situación de una persona física residente en cada uno de los 27 Estados miembros (tipos vigentes en 2026).
Residentes frente a extranjeros: los intereses transfronterizos
Las reglas anteriores se aplican a residentes. Si es no residente y mantiene un depósito en otro país de la UE, el panorama cambia. La Directiva del Ahorro —que en su día exigía retener sobre los intereses transfronterizos— fue derogada en 2016 y sustituida por el intercambio automático de información (el Common Reporting Standard, implementado en la UE como DAC2). En la práctica, el banco del país donde tiene la cuenta NO suele retener impuesto sobre los intereses de depósitos ordinarios pagados a un no residente. En su lugar, comunica su saldo y sus intereses a la administración tributaria de su país de residencia, y allí tributa según las normas locales.
Cuando un país mantiene una retención en origen sobre los intereses pagados al exterior (sobre todo fuera de la UE, o para residentes en jurisdicciones de «lista negra» sin convenio), un convenio de doble imposición suele reducirla o eliminarla, y usted la deduce en su país. Conclusión: no tributa dos veces, pero es responsable de declarar los intereses en su país de residencia; la ausencia de retención no es una exención.
Fiscalidad de los intereses del ahorro bancario por país de la UE (residentes, 2026)
| País | Retención bancaria sobre los intereses (residentes) | ¿Liberatorio o deducible? | Intereses de depósitos de no residentes |
|---|---|---|---|
| Alemania | 25% + 5.5% de recargo de solidaridad = 26.375% (+ impuesto eclesiástico) | Liberatorio (Abgeltungsteuer); exención de €1,000 | Sin retención; informado vía CRS |
| Francia | 12,8% de pago a cuenta del IRPF + cargas sociales; 30% en total (31.4% desde 2026) | El pago a cuenta es deducible; se puede optar por la escala progresiva; Livret A exento de impuestos | Sin retención; informado vía CRS |
| Países Bajos | Sin retención; tributa en Box 3 (rendimiento presunto del 1.37% gravado al 36% en 2025) | Basado en el patrimonio, no es una retención; exención de €57,684 (2025) | Sin retención; informado vía CRS |
| Bélgica | 30% (roerende voorheffing); 15% sobre el ahorro regulado por encima de €1,050 | Liberatorio | Normalmente exento con certificado de residencia; CRS |
| Luxemburgo | 20% (Relibi) | Liberatorio; solo residentes; exención de €250 | Sin retención; informado vía CRS |
| Irlanda | 33% (DIRT) | Liberatorio | Bruto con declaración de no residencia; CRS |
| Austria | 25% (KESt sobre intereses de depósitos) | Liberatorio | Exento en intereses de depósitos; CRS |
| Dinamarca | Sin retención bancaria liberatoria; los intereses son renta del capital | Progresivo, hasta ~42%; liquidado mediante la declaración | Sin retención; informado vía CRS |
| Suecia | 30% de impuesto preliminar | de hecho liberatorio (renta del capital 30%) | Sin retención; informado vía CRS |
| Italia | 26% | Liberatorio (imposta sostitutiva) | Intereses de depósitos ordinarios por lo general exentos; CRS |
| España | El banco retiene el 19% (pago a cuenta) | Escala del ahorro 19/21/23/27/30%; deducible | 19% (residentes de la UE por lo general exentos); CRS |
| Portugal | 28% | Liberatorio; se puede optar por la escala progresiva | 28% (35% si figura en lista negra); CRS |
| Grecia | 15% | Liberatorio; depósitos en divisa exentos | 15% sobre depósitos en euros, reducible por convenio; CRS |
| Malta | 15% | Liberatorio; se puede optar por la escala 0–35% | Exento; CRS |
| Chipre | 17% SDC (+2.65% GHS); 3% SDC si la renta es < €12,000 | Liberatorio; los non-doms están exentos del SDC | Fuera del SDC; CRS |
| Finlandia | 30% de retención en origen sobre intereses de depósitos | Liberatorio (renta del capital 30% / 34% > €30,000) | Exento; CRS |
| Eslovenia | 25% | Liberatorio (tributación cedular); €1,000/año de intereses en bancos de la UE exentos | Depósitos ordinarios no gravados; CRS |
| Croacia | 12% | Liberatorio; intereses bajos de cuenta corriente (≤0.5%) exentos | 12%, reducible por convenio; CRS |
| Polonia | 19% (impuesto «Belka») | Liberatorio | Depende del convenio; CRS |
| Chequia | 15% | Liberatorio | 15%, reducible por convenio; 35% sin convenio; CRS |
| Eslovaquia | 19% sobre intereses de bancos nacionales | Liberatorio; intereses extranjeros autodeclarados (19/25%) | 19%, reducible por convenio; CRS |
| Hungría | 15% de IRPF + 13% de tasa social = 28% | de hecho liberatorio; Cuenta TBSZ 0–10% | Según convenio; CRS |
| Rumanía | 10% (+ posible tasa sanitaria CASS del 10%) | Liberatorio | 10% (16% sin convenio), reducible por convenio; CRS |
| Bulgaria | 0% sobre intereses en bancos de la UE/EEE; 10% en los demás casos | Intereses de la UE/EEE exentos | UE/EEE exento; CRS |
| Estonia | 22% (2025) | Por lo general retenido/declarado; la cuenta de inversión difiere el impuesto | Intereses de depósitos por lo general no gravados; CRS |
| Letonia | 25.5% (+3% de recargo por encima de €200,000) | Retenido si el pagador es letón; si no, autodeclarado | Según convenio; CRS |
| Lituania | 15% (20% con rentas muy altas) | Autodeclarado; €500/año de intereses en bancos del EEE exentos | Por lo general sin retención; CRS |
Información general, no asesoramiento fiscal. Las cifras reflejan la situación en 2026 y cambian con frecuencia: verifique con la autoridad tributaria nacional competente.
¿Qué impuesto sobre la renta se aplica y hay tramos?
Los intereses tributan de dos formas generales. En un régimen fijo y liberatorio (cedular) se aplica un único tipo con independencia del resto de sus rentas: es la norma en la mayor parte de la UE (p. ej. Alemania 26.375%, Italia 26%, Portugal 28%, Bélgica 30%, Irlanda 33%, Polonia 19%, Chequia 15%).
En un régimen progresivo o por tramos se aplica una escala. Los casos destacados son España (escala separada de «renta del ahorro»: 19% hasta €6,000, 21% hasta €50,000, 23% hasta €200,000, 27% hasta €300,000 y 30% por encima), Dinamarca (los intereses son renta del capital con tributación progresiva, hasta aproximadamente el 42%), Finlandia (30% hasta €30,000 de renta del capital y 34% por encima) y Lituania (15%, que sube al 20% solo con rentas muy altas).
Francia se sitúa entre ambos: por defecto se aplica un tipo fijo del 30% (31,4% desde 2026 tras la subida de las cargas sociales), pero puede optar por tributar las rentas de inversión en la escala progresiva (0/11/30/41/45%).
Notas prácticas
Aproveche sus exenciones (presente en su banco la solicitud correspondiente donde exista, p. ej. el Freistellungsauftrag alemán). Las cuentas reguladas pueden estar exentas (Livret A/LDDS/LEP en Francia; intereses de residentes búlgaros en bancos de la UE/EEE).
Recuerde que una retención «liberatoria» suele significar que no declara los intereses, mientras que en Dinamarca, Suecia, Letonia (intereses no retenidos), Lituania y Eslovenia (intereses extranjeros) puede tener que declararlos usted mismo. Y si tiene cuentas en el extranjero, dé por hecho que su administración tributaria ya lo sabe: la comunicación CRS es automática.
Esta guía es información general, no asesoramiento fiscal. Los tipos y las normas cambian con frecuencia; las cifras reflejan la situación en 2026. Verifique las reglas vigentes con la autoridad tributaria nacional competente o con un asesor fiscal cualificado antes de actuar.
Frequently asked questions
- Por lo general no. El banco extranjero normalmente no retiene impuesto sobre sus intereses; los comunica a su administración tributaria mediante CRS/DAC2 y usted los declara y paga en su país. Los convenios de doble imposición permiten deducir cualquier retención en origen aplicada.
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